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INE ordena a Presidencia retirar declaraciones de AMLO

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a la Presidencia de la República, eliminar de los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas, así como de cualquier otra plataforma electrónica bajo su dominio, control o administración, por constituir una presunta violación al principio de equidad en los procesos electorales locales,  la conferencia matutina La Mañanera realizada el 27 de marzo del año en curso o modificarla en lo conducente para retirar la parte denunciada,  hecho que deberá realizarse  en un plazo que no podrá exceder de seis horas.

Procedente -determinó la Comisión- la medida cautelar solicitada por la Senadora de la República Kenia López Rabadán y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), por el presunto uso indebido de recursos públicos y violación al principio de equidad en la contienda, en detrimento de los procesos electorales locales que se encuentran actualmente en desarrollo en Coahuila y Estado de México, así como del próximo Proceso Electoral Federal 2023-2024 y elecciones locales concurrentes, atribuible a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de la República, y de quien resulten responsable.

La Comisión consideró que, en apariencia del buen derecho y desde una óptica preliminar, las manifestaciones pueden vulnerar el principio de equidad en la contienda electoral relativa a los procesos electorales locales en Coahuila y Estado de México, ya que existe afectación al principio de imparcialidad que como servidores públicos, en ejercicio de las funciones propias del cargo encomendado, no deben pronunciarse o hacer llamados al voto a favor o en contra de algún candidato o partido político, realizando actos proselitistas.

El colegiado destacó que el Presidente de la República tiene un especial deber de cuidado respecto de las expresiones que emite y que puedan derivar en una afectación de los principios de imparcialidad, neutralidad o disposiciones vinculadas con el proceso de Revocación de Mandato, obligación que ha sido reiterada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por lo que respecta a la solicitud de que se ordene al Titular del Ejecutivo Federal, se abstenga de realizar manifestaciones similares a las realizada, se considera que la misma es improcedente, pues dicha petición versa sobre hechos futuros de realización incierta.

Respecto a que los hechos denunciados actualizan un probable uso indebido de recursos públicos, es un tema que corresponde al Tribunal Electoral analizar el fondo del asunto.

Improcedentes medidas cautelares contra Ebrard

La Comisión resolvió como improcedente la medida cautelar solicitada por Rodrigo Antonio Pérez Roldán en contra de Marcelo Luis Ebrard Casaubon, Secretario de Relaciones Exteriores del gobierno federal y distintos servidores públicos, funcionarios y militantes, derivado de su asistencia y participación en un evento realizado el 26 de febrero de 2023 , en el municipio General Felipe Ángeles, en Puebla, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos, así como la presunta vulneración a las reglas de difusión de informes de labores.

Al considerar que el evento a que hace alusión el quejoso se realizó en fecha pasada, conduce a estimar que se está en presencia de actos consumados de manera irreparable.

Asimismo, consideró que no procede el retiro de las publicaciones realizadas en perfiles de redes sociales, ya que no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar, en ese mismo sentido se declaró improcedente la medida cautelar en contra de las publicaciones realizadas en medios de comunicación digital, pues forman parte del quehacer periodístico.

En relación con el probable uso indebido de recursos públicos, será la Sala Especializada del TEPJF quien debe pronunciarse al respecto cuando entre al estudio del fondo del asunto.

En cuanto a la solicitud de emitir la tutela preventiva resulta igualmente improcedente, al versar sobre hechos futuros de realización incierta.

Los dos proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama.

López Rabadán

En conferencia de prensa, la senadora Kenia López Rabadán dio a conocer que este jueves la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), otorgó medidas cautelares por su queja presentada por violaciones del presidente López Obrador al inmiscuirse en el proceso electoral para favorecer a su partido.

“Denunciamos al presidente por violar la ley al meterse en el proceso electoral para favorecer a su partido y el INE ha resuelto darnos la razón. Celebro la resolución de hoy. Sin lugar a dudas, es importante decirle al pueblo de México que denunciamos al presidente por violar la ley, metiéndose en el proceso electoral para beneficiar a su partido y el INE, hoy, nos da la razón”.

La legisladora refirió que el martes pasado presentó una queja ante el INE por el “Plan C” que anunció el primer mandatario y con el que llamó al voto a favor de su movimiento.

“El Presidente ha violado sistemáticamente los principios de neutralidad e imparcialidad con los que debe conducirse un primer mandatario. Ya basta de hacer campaña desde el poder con recursos públicos”, señaló. López Rabadán

La senadora por el PAN indicó que López Obrador debe mantenerse al margen de la contienda electoral y debe abstenerse de hacer un llamado a favor o en contra de cualquier fuerza política.

“Lo que busca el titular del Ejecutivo federal -al no haber podido reformar la Constitución a su antojo y al no poder destruir al organismo electoral mediante su “Plan B”- es inclinar la balanza a favor de sus candidatos en los procesos electorales en que existe contienda y en las próximas candidaturas para el proceso electoral que inicia apenas en unos meses”, dijo.

Finalmente, la Vicecoordinadora del GPPAN explicó que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó a la Presidencia de la República que se elimine de la conferencia mañanera del 27 de marzo, todo contenido que refiera al “Plan C”.

45 procedimientos sancionadores

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó sancionar a la Asociación Civil “Que Siga la Democracia”, luego de haber entregado información y documentación falsa al Instituto, consistente en 14 mil 940 firmas de personas fallecidas, utilizadas para validar el ejercicio de la Revocación de Mandato.

La ley exigía dos millones 758 mil firmas para activar la Revocación de Mandato, mencionó el Consejero Ciro Murayama, pero “sus impulsores recolectaron sólo un millón 370 mil firmas a través de la App, o sea, les habría faltado más de un millón 200 mil firmas, pero gracias al papel entregaron otras 9 millones 759 mil firmas”, agregó.

La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) realizó el cotejo y análisis de las firmas recibidas por el INE y, como consecuencia de la detección de firmas irregulares, dio vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) para que se diera inicio a la investigación por las firmas de personas fallecidas.

Por lo anterior, se concluye que de los 14 mil 957 apoyos entregados por esa organización objeto del procedimiento, 14 mil 940 fueron bajas por defunción, es decir, se presentó ante el Instituto documentación apócrifa con la finalidad de aumentar de manera dolosa los apoyos de la ciudadanía a la Revocación de Mandato, con lo que se actualiza la infracción prevista en el artículo 447, párrafo uno, inciso c) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.