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Save the Children condena “adopción” de bebé en Nuevo León

Desde Save the Children reiteramos nuestra preocupación sobre las consecuencias que, casos como el de Nuevo León, pueden traer para la vida de niñas, niños y adolescentes sin cuidados familiares.

El día de ayer nos pronunciamos sobre el permiso de convivencia para que un niño que se encuentra bajo la tutela del Sistema DIF permaneciera por unos días con el gobernador del estado de Nuevo León y con la titular de la oficina de AMAR en Nuevo León.

Nos parece relevante enfatizar que casos como el ocurrido, deben llevarnos, a sociedad y gobierno, a recordar la importancia de los sistemas de protección a niñas, niños y adolescentes y la necesidad de fortalecerlos.

Las niñas y niños que están en Acogimiento Residencial, es decir, que viven en Centros de Asistencia Social, han perdido los cuidados familiares debido a situaciones graves como violencia, orfandad, abandono, negligencia, entre otros. Se trata de niñas y niños que han atravesado o están atravesando por una situación de vulneración de sus derechos, lo que requiere que el Estado les proporcione todas las medidas de protección especial para garantizar la restitución de los derechos que les han sido vulnerados, incluyendo su derecho a vivir en una familia, y evitar que sean revictimizados.

De acuerdo con la propia Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), las familias de acogida ​​tienen la función de brindar cuidado, protección, crianza con ternura y bienestar para las niñas y niños, por un tiempo limitado hasta que se pueda asegurar una opción permanente de familia para las niñas y niños. Pero para ser familia de acogida se requiere una certificación, es decir, cumplir con diversos requisitos que garanticen que las familias efectivamente puedan garantizarles protección a las niñas y niños.

El hecho de que alguna persona que no tiene una relación familiar con ellas y ellos, los lleve a su casa o los tenga bajo su cuidado solo por un fin de semana o por unos cuantos días, puede representar un impacto emocional negativo ante las expectativas que generan los pequeños desde muy temprana edad, pues las niñas y niños necesitan estabilidad, apego, y construir vínculos afectivos con las personas con las que conviven.

Asimismo, es necesario destacar que, de no cumplirse con los procedimientos establecidos, es mayor el riesgo de que no se logre garantizar que las familias de acogida o de adopción sean las adecuadas para que efectivamente puedan brindar protección, seguridad y amor a las niñas y niños.

Incluso, cabe resaltar que, entre estos riesgos, se encuentra la posible configuración de delitos contra las niñas y niños en acogimiento o adopción, tales como el delito de trata con fines de explotación comercial, sexual, trabajo forzado, entre otros.

Por eso, los programas de familias de acogida y de adopción tienen criterios muy específicos que implican un proceso robusto para garantizar que las familias que tenga la intención de comprometerse con el cuidado de una niña o niño, cumplan con las condiciones y características requeridas para asegurar el bienestar y la protección integral de las y los niños.

Es por ello que se vuelve fundamental observar e investigar cualquier caso en el que exista una presunta violación a los procedimientos establecidos por la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y otros instrumentos normativos. Sobre esto, reconocemos que la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA) del DIF ya haya atraído el caso para iniciar la investigación.

También debemos recordar que las niñas y los niños tienen derecho a la intimidad y a la protección de sus datos personales. En este caso, estos derechos fueron violados ya que el rostro del niño fue difundido mediante un video, en el que además de revelar su identidad, se dio a conocer información sobre su situación de salud. Asimismo, al haber sido difundido por personas que hacen uso de las redes sociales con fines políticos y mercantiles, es posible la configuración de otros delitos que tienen que ver con la explotación de la imagen del niño.

El fin último de visibilizar este tipo de casos no es juzgar actos que podrían tener en su fondo las buenas intenciones. Se trata de la protección a las niñas y niños, particularmente a quienes ya están atravesando por procesos sumamente difíciles de vulneración a sus derechos, y por ello, es necesario visibilizar con la sociedad, gobiernos y sector privado, que estos casos requieren de la máxima atención y protección.

Es impostergable que todas las funcionarias y funcionarios públicos en el país cuenten con los conocimientos y la capacitación necesaria para respetar, promover y proteger los derechos de la niñez, incluyendo todos los procedimientos de protección integral y protección especial que requieren quienes se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad.

Asimismo, como sociedad, tenemos que estar más informados, de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, de cómo protegerlos, promoverlos y respetarlos en todos los ámbitos, y de los diferentes impactos negativos que acciones culturalmente aceptadas pueden tener en el bienestar y desarrollo de la niñez. Necesitamos una transformación cultural y de conciencia, para concebir y tratar a las niñas, niños y adolescentes con el respeto que merecen y garantizarles la protección integral a todos sus derechos.