Seguridad

Niega SCJN atraer recurso de queja del exdirector de Pemex Emilio Lozoya

El Máximo Tribunal del país negó atraer el recurso de queja promovido por la defensa del exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex) Emilio Ricardo Lozoya Austin, con lo que buscaba que se pronunciara sobre la determinación de un juez de Control que en julio pasado declaró improcedente su petición de declarar prescrito el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el caso de la planta Agronitrogenados.

El Alto Tribunal mencionó que Lozoya Austin en su recurso también reclamó la inconstitucionalidad del artículo 400 bis del código penal federal, el cual establece una pena de cinco a quince años de prisión a quien incurra en el citado acto ilícito.

Cabe señalar que el juicio de garantías fue presentado el 16 de agosto de este año, 15 días antes de que se llevará a cabo la audiencia intermedia donde la Fiscalía General de la República (FGR) iba presentar formalmente las imputaciones contra Emilio Lozoya Austin por dicho delito, pero el juez de Control determinó suspender el procedimiento contra el exfuncionario del sexenio de Enrique Peña Nieto.

El amparo fue admitido a trámite por el juzgado VIII de distrito de amparo en Materia Penal del Primer Circuito, después el exfuncionario interpuso un recurso de queja que ingresó al III Tribunal Colegiado en la Ciudad de México, pero Emilio Lozoya Austin pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerciera su facultad de atracción de su queja.

El Tribunal Federal dio a conocer que reanudó el procedimiento en este caso, después de recibir la notificación de la Suprema Corte, debido a que la petición de atracción fue interpuesta por una parte que no está legitimada, además de que ni un ministro quiso hacerla suya de oficio.

Apenas a finales de agosto, sin derogar dólar alguno Lozoya Austin logró ganarle en los tribunales a la FGR en el citado proceso que se le seguía por el caso de la plantaAgronitrogenados, donde el gobierno obradoristapretendía una reparación del daño por 20 millones de dólares.

En esa ocasión un juez de Control del Centro de Justicia Penal en el Reclusorio Norte, determinó suspender el proceso, tras tomar como base los argumentos de la defensa, en el sentido de que ya existe una reparación del daño por un monto superior que asciende a 216 millones de dólares y que está cubriendo el ex dueño de Altos Hornos de México (AHMSA), Alonso Ancira Elizondo.

Al respecto, el abogado de Lozoya Austin, Alejandro Rojas Pruneda mencionó que el Tribunal Colegiado del XXI Circuito publicó una tesis aislada donde se menciona que se puede suspender el procedimiento cuando una persona acepta cubrir la reparación del daño, situación que beneficia al resto de los involucrados. La FGR argumentó que dicha tesis no era aplicable.

Por lo que el juez federal consideró que la tesis del Tribunal se ajusta a lo establecido en el código civil y a criterios de la SCJN, por lo que suspendió el procedimiento que se inició contra Emilio Lozoya por el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.