Seguridad

Tribunal federal anuncia inicio de juicio oral de la esposa de “El Mencho”

José Ángel Somera

La administración del Centro de Justicia Penal Federal con residencia en Xochitepec, Morelos, dio a conocer que en acatamiento a la resolución de un Tribunal de enjuiciamiento de diferir la audiencia de juicio oral de Rosalinda González Valencia, esposa de Nemesio Oseguera Cervantes (a) “El Mencho o el señor de Los Caballos” por su presunta responsabilidad en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita -lavado de dinero-, por lo que abrió una nueva fecha para su verificación.

González Valencia fue detenida por el delito referido por las fuerzas federales en Jalisco, su caso pasó a un Tribunal de enjuiciamiento, donde las partes la Fiscalía General de la República (FGR) y su equipo de abogados presentarán pruebas de cargo y descargo respectivamente.

La dependencia a cargo de Alejandro Gertz Manero para esta nueva audiencia de juicio oral, arriba con la desacreditación de sus testigos protegidos, destacando la violación al debido proceso para inculpar a la empresaria michoacana, que desde noviembre del 2021 permanece interna en el Centro Federal de Readaptación femenil número 16 ubicado en Michapa, municipio de Coatlán del Río, Morelos, tras ser recapturada por elementos de la Marina-Armada de México, por violar su libertad condicional.

De acuerdo a la defensa de la cónyuge del líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), los testigos protegidos de la FGR habrían dado testimonios en relación a las presuntas operaciones que relacionaban a Rosalinda González y su hija Jessica Johanna Oseguera con inmuebles y empresas supuestamente adquiridas con recursos de procedencia ilícita, la nueva fecha de la audiencia es considerada una derrota más en los tribunales federales para la FGR.

Los representantes legales de González Valencia, encabezados por el penalista Víctor Beltrán García, sostuvieron que su cliente está lista y preparada para esta etapa de juicio y terminar de fondo con este proceso penal, “a la FGR le invalidaron en la etapa intermedia del proceso muchas pruebas documentales, estados de cuenta, testigos protegidos, que no podrá utilizar en el juicio”.

Beltrán García recalcó “hasta el momento la FGR no ha demostrado los grandes movimientos de recursos en las cuentas bancarias de González Valencia, y que estos provengan de actividades ilícitas. El Ministerio Público Federal dice que existeel lavado de dinero porque tiene un desfase de 30 mil pesos en un año, pero, no por eso se está cometiendo el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, después dice que es administradora de una empresa criminal, con 30 mil pesos se puede realizar esas actividades que dice realizó la señora Rosalinda González, resulta inverosímil”.

Refirió, “las acusaciones contra mi cliente se remontan a años atrás, específicamente al 2011, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tenía cinco años para iniciar un procedimiento administrativo y señalar cualquier irregularidad que pudiera haber tenido la persona, y no hubo ninguna eventualidad”.

Aseveró, “existen documentos de la SHCP de que es una persona transparente, trabajadora y que ha cumplido con el pago de sus obligaciones fiscales, que no tiene ningún pendiente con la autoridad hacendaria, la situación ha provocado que la señora Rosalinda se vea afectada en su salud, le están dando medicamentos, pero requiere de atención de su médico particular, en el penal donde está no hay equipos suficientes para poderle realizar los tratamientos delicados que le tienen que hacer cada tres meses”.

La semana pasada González Valencia fue trasladada desde el penal femenil número 16 en Coatlán del Río al Centro de Justicia Penal Federal en Xochitepec para llevar a cabo la diligencia de desahogo de pruebas, sin embargo, la juez asignada como Tribunal de Enjuiciamiento determinó diferirla, reservando señalar nueva fecha y hora para el desahogo de la misma, hasta que las partes (FGR y Defensa)dentro del plazo de cinco días, contado a partir de su notificación acuerden el orden en que pretenden desahogar sus pruebas, si alguno de ellos se encuentra imposibilitado para acudir a la audiencia de juicio oral, “a fin de que únicamente acudan a rendir su testimonio los atestes que al efecto se señalen y de esta forma lograr que las jornadas de juicio se desahoguen sin mayor eventualidad, conforme al orden previamente establecido por cada parte, que agrupen a los testigos para cada jornada tomando en consideración que desfilaran mínimo cuatro y máximo cinco órganos de prueba por cada una”.

La juez de distrito Guillermina Matías Garduño quien se ostentará como Tribunal de Enjuiciamiento recordó a las partes que deberán ponderar lo que establece el numeral 351 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en razón de que de no presentarse algún testigo o perito, la audiencia de juicio podrá suspenderse en forma excepcional por un plazo máximo de diez días naturales, de no ser así se considerará interrumpido, y ser reiniciado ante un Tribunal de Enjuiciamiento distinto, lo actuado será nulo conforme al diverso numeral 352 del mismo ordenamiento jurídico, en caso de no cumplir con sus respectivas obligaciones o no manifestar debidamente fundado y motivado el impedimento legal o material que tenga para ello, se les impondrá multa de veinte unidades de medida y actualización.