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Aprueban diputados dictamen que actualiza el sistema de contrataciones públicas

  • Modifica la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
  • El dictamen fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a fin de actualizar el sistema de contrataciones públicas. Fue remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Con ello, se busca dar cumplimiento a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, así como asegurar las mejores condiciones de contratación para el Estado, a partir de las mejores prácticas en la materia, dentro del marco de la debida administración de los recursos económicos de los tres poderes de gobierno –Ejecutivo, Legislativo y Judicial– establecidos en el artículo 134 de la Constitución Política.

El dictamen, que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, fue avalado en lo general por 355 votos a favor, 98 en contra y 1 abstención, y en lo particular con 324 votos a favor, 119 en contra y una abstención.

Al iniciar las participaciones, la diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado (PAN) consideró que la reforma, lejos de combatir la corrupción, abre brechas peligrosas que podrían perpetuarla, y no le sirve al pueblo de México sino a la opacidad y a los intereses al margen de la ley. Es falso que se van a reducir las adjudicaciones directas y a evadir las licitaciones.

Graciela Domínguez Nava, diputada de Morena, puntualizó que el dictamen es un paso decidido hacia una administración pública honesta, moderna y eficiente; se digitalizan completamente las contrataciones públicas y con la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas cualquier ciudadano dará seguimiento puntual a cada etapa del contrato, logrando una trazabilidad completa de la gestión del gasto público.

Por su parte, la diputada Abigail Arredondo Ramos (PRI) externó que no se puede estar de acuerdo con una reforma que en lugar de cerrar los caminos a la corrupción y al clientelismo los termina por pavimentar, y en lugar de transparentar los procedimientos de contratación crea un sistema a modo para que el gobierno y sus funcionarios usen y destinen libremente los recursos públicos. “Habrá clientelismo, amiguismo y el tráfico de influencias”.

El diputado José Roberto Ramírez Cruz (PVEM) comentó que estas reformas contribuirán de manera significativa a la consolidación de un gobierno más justo y eficiente, fortalecerán los mecanismos de aplicación y supervisión, evitando prácticas indebidas, así como actos de corrupción. “Es un paso decisivo hacia la consolidación de un Estado más eficiente y honesto”.

Para el diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (PAN) con las reformas a la Ley de Obras Públicas se quiere institucionalizar la corrupción, cuando la obra pública tiene que ser para beneficio de todas y todos los mexicanos y no ocultar lo que han venido haciendo mal. “Tienen que ser transparentes y hacer que el gasto público sea eficiente y eficaz. Proponemos que ni las Fuerzas Armadas, CFE ni Pemex puedan operar fuera del marco legal de la Ley de Obras”.

La diputada Juana Acosta Trujillo (Morena) precisó que la reforma marca un hito fundamental hacia una administración más moderna, eficiente y alineada con los más altos estándares internacionales. Uno de los avances más significativos es la implementación de la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, la cual representa un cambio crucial en la manera en que el gobierno gestionará las contrataciones.

Israel Betanzos Cortes, diputado del PRI, aseveró que con estas reformas se alteran los equilibrios constitucionales entre los Poderes de la Unión y amplían drásticamente las funciones de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno permitiendo la emisión de lineamientos para llevar a cabo la política general de contratación en materia de obra pública, convirtiéndose en juez y parte.

El diputado Gildardo Pérez Gabino (MC) dijo que, si bien están a favor del dictamen en lo general, en lo particular el artículo Primero Quáter tiene lagunas y contradicciones sobre las obras y servicios que deriven de programas prioritarios y proyectos estratégicos que ejecute la Fuerza Armada; viola el principio de generalidad de la ley y lo establecidos en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Por el PAN, la diputada Blanca Leticia Gutiérrez Garza aseguró que los cambios legales se presentan con la promesa de combatir la corrupción, aumentar la transparencia y modernizar las contrataciones públicas, pero al analizarlos a fondo “nos encontramos con un riesgo grave de concentración de poder, flexibilización de controles y opacidad en la fiscalización, lo que puede abrir la puerta a la corrupción”.

La diputada Margarita García García (PT) destacó la relevancia de las reformas, ya que ponen freno y candados a la contratación de obras públicas que realice el gobierno; “son para acabar de tajo con la corrupción y ayudar a la presidenta de la República en este tema, pues todos debemos involucrarnos. Se transparentan los procesos de contratación con una nueva plataforma digital”.

En opinión del diputado Francisco Pelayo Covarrubias (PAN) los cambios, lejos de fortalecer la transparencia, eficiencia y rendición de cuentas en el ejercicio de los recursos públicos, abren peligrosamente la puerta a la corrupción, al derroche y a la discrecionalidad, cuando México necesita más y mejores obras pública, pero no a costa de mecanismos que fomentan la opacidad, el sobrecosto y la concentración de poder en una sola dependencia.

A su vez, el diputado Raymundo Vázquez Conchas (Morena) señaló que las reformas traen consigo el manejo de una plataforma transparente de tecnologías, para que el pueblo y la nación sepan cada una de las participaciones de las licitaciones y dónde se invierte cada peso en cada una de esas obras que irán en beneficio directo del pueblo de México.

Desde su curul, los diputados Leonel Godoy Rangel (Morena) y Federico Döring Casar (PAN), intervinieron para moción de rectificación de hechos.

Las y los diputados federales del Grupo Parlamentario del PRI acusaron que los legisladores de Morena impulsan mayor opacidad en las adquisiciones de gobierno, al pretender que se subasten las obras públicas con un tombolazo.

En conferencia de prensa, Arturo Yáñez y Alejandro Domíguez anunciaron el voto en contra de los priistas al dictamen sobre la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados, ya que representa un peligro para el Estado mexicano en su conjunto, pues con ello aumentará la corrupción.

Encabezados por el coordinador Rubén Moreira y acompañados por integrantes de su bancada, señalaron que dicha iniciativa tiene más tintes políticos que técnicos, y que, más allá de disminuir los espacios para la corrupción, los acrecientan.

Los representantes priistas sostuvieron que con esta ley se apuesta a la discrecionalidad del Ejecutivo, al eliminar la facultad de control que hoy tiene la Cámara de Diputados para aprobar las obras asociadas a proyectos de infraestructura que requieren inversión a largo plazo e inversiones programadas.

Dijeron también que con esta iniciativa Pemex y la CFE estarán fuera de esta ley, lo que favorecerá su discrecionalidad y además van a aumentar las contrataciones fuera de la misma.

Acusaron que la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) se convertirá en juez y parte, ya que emitirá los lineamientos para llevar a cabo los procedimientos de contratación y conducirá la política general de contrataciones en materia de obra pública.

Tras recordar que en el sexenio anterior, 8 de cada 10 contratos del gobierno fueron entregados por adjudicación directa, Alejandro Domínguez y Arturo Yáñez manifestaron que eliminan el sistema Compranet para sustituirlo por una Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, de la cual se desconocen sus características y alcances precisos.

«Morena quiere ser el mapache de la asignación de obras públicas, quiere negociar a través de la falta de transparencia. Con esta ley se da paso a las dependencias ya los funcionarios de primer nivel de tener la secreto, la discrecionalidad y el factor de negociación, lo que generará muchas dudas», enfatizaron.

Sobre ello, Paloma Sánchez dejó en claro que quien tiene la responsabilidad de la atención a las familias sinaloenses ante los efectos catastróficos de las inundaciones, son las actuales autoridades estatales, porque ellas tienen a su cargo la Protección Civil. Ellas, dijo, tienen la responsabilidad hasta el último día, y quien entra, la nueva Administración, la debe atender desde el primer día.

Para la discusión en lo particular, se reservaron los artículos 1, 1 Bis, 1 Ter, 1 Quáter, 1 Quinquies, 2, 3, 4, 8, 10, 12, 17, 19, 21, 22, 23, 24, 24 Bis, 25, 26 Bis, 27, 27 Bis, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 38, 39 Bis, 43, 47, 48, 50, 51, 52, 52 Bis, 52 Ter, 53, 55, 59 Bis, 61 Bis, 65, 74, 74 Bis, 74 Ter, 74 Quáter, 75 Septies, 76, 77, 82, 90, 91, 93 Bis, 96, 97, 97 Bis y 99 del proyecto de decreto, así como los artículos transitorios Primero, Cuarto, Noveno y Décimo.

Dichas reservas quedaron en términos del dictamen, luego de que diputadas y diputados de Morena, PAN, PVEM, PT, PRI y MC presentaron propuestas de modificación, las cuales fueron retiradas, se solicitó inscribir en el Diario de Debates, o no se admitieron a discusión y, por lo tanto, se desecharon.

Se crea la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas para estandarizar contrataciones y aumentar la transparencia; será implementada y administrada por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno como una herramienta electrónica oficial y transaccional, integrada por diversos módulos, a través de la cual se realizarán los procedimientos de contratación en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como la suscripción y administración de los contratos derivados de estos.

La Plataforma será de consulta gratuita y constituirá el único medio por el cual se desarrollarán los procedimientos de contratación. En casos excepcionales y justificados, la Secretaría podrá autorizar que se lleven a cabo los procedimientos de contratación sin utilizar la Plataforma, conforme a las disposiciones que se establezcan en el Reglamento de esta Ley.

Además, la Secretaría emitirá las disposiciones para la operación de dicha Plataforma y establecerá los controles necesarios para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información que contenga.

Precisa que la Plataforma concentrará diversa información relacionada con las contrataciones públicas como, entre otras, los programas anuales en la materia de las dependencias y entidades, el registro electrónico de personas físicas y morales, el registro de contratistas sancionados, las convocatorias a la licitación y sus modificaciones y las invitaciones a cuando menos tres personas.

También, las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo, los informes de los testigos sociales en las contrataciones públicas, la información de los contratos y los convenios modificatorios, las adjudicaciones directas, las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, las notificaciones y avisos correspondientes, así como cualquier otra información que establezca la Secretaría que deba ser informada en dicha Plataforma.

La Plataforma conservará la información electrónica comprobatoria de los actos y contratos materia de la presente Ley, cuando menos por un lapso de cinco años, contados a partir de la fecha de su recepción, excepto la documentación contable, en cuyo caso se estará en lo previsto por las disposiciones aplicables.

Determina que los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa u otro ente de derecho público federal o local, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley, quedando sujetos a lo estipulado en los propios instrumentos jurídicos y el marco jurídico aplicable.

Además, los contratos a que se refiere el párrafo anterior quedarán sujetos a este ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a realizar los trabajos no tenga la capacidad para hacerlo por sí misma y contrate un tercero para su realización.

Se considerará que una dependencia, entidad o cualquier ente de derecho público federal o local que funja como contratista, tiene capacidad para ejecutar obras públicas o servicios, cuando para cumplir con el contrato no requiera celebrar otro con terceros, o bien, de requerirlo, éste no exceda del cuarenta y nueve por ciento del importe total del contrato que se pretende celebrar con el ente de derecho público.

Para determinar la procedencia de contratar con una dependencia, entidad o persona de derecho público federal, estatal, municipal o demarcación territorial de la Ciudad de México, las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, deberán realizar la investigación de mercado a que se refiere el artículo 24 Bis de esta Ley, que permita acreditar que con dicha contratación se aseguran las mejores condiciones para el Estado.

También, solicitar a la dependencia, entidad o persona de derecho público federal, estatal, municipal o demarcación territorial de la Ciudad de México, que fungirá como contratista, la documentación que acredite que cuenta con la capacidad técnica, material y humana para la realización del objeto del contrato y que, por ello, no requerirá de la contratación con terceros en un porcentaje mayor al señalado en el último párrafo del artículo 1 Bis. Dicha documentación deberá ser entregada antes de la firma del contrato y formar parte del expediente respectivo bajo la responsabilidad de la dependencia o entidad.

Además, verificar y documentar que las atribuciones u objeto de la dependencia o entidad que fungirá como contratista estén relacionadas con el objeto del contrato a celebrarse.

Precisa que “tratándose de obras o servicios relacionados con las mismas que deriven de programas prioritarios o proyectos estratégicos que ejecute la Fuerza Armada Permanente en términos de los convenios de colaboración que celebren entre entes públicos, no les resultará aplicable la presente Ley”. Dichos convenios de colaboración deberán contener, entre otras, cláusulas relativas a la forma en la que se llevará a cabo la ejecución de los trabajos.

Indica que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno emitirá las políticas, bases y lineamientos para llevar a cabo los procedimientos de contratación a que se refiere esta Ley, así como para promover la estandarización de las contrataciones públicas, que deberán observar las dependencias y entidades.