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Jueza frena debate de la reforma judicial

La jueza quinto de distrito en Morelos, Martha Magaña López, otorgó una suspensión definitiva que ordena frenar por tiempo indefinido el debate para aprobar la reforma judicial en el Congreso de la Unión.

La juzgadora federal concedió la medida cautelar a cuatro colegas que promovieron un amparo en este sentido y es que Magaña López justificó su decisión subrayando que una vez materializados los cambios constitucionales, los impartidores de justicia quedarían en estado de indefensión si eventualmente fueran separados de sus cargos, además de que sería imposible restituirlos en el goce de sus derechos.

En su resolución, indicó que si los legisladores hacen caso omiso estarán incurriendo en desacato, por lo que en ese momento se dará vista al Ministerio Público Federal por el delito de abuso de autoridad.

Previo a este revés para la “supermayoría” de Morena, PT y PVEM, la Fiscalía General de la República (FGR) impugnó la suspensión provisional que concedió Magaña López a los cuatro juzgadores, quienes impugnaron el artículo 186 del reglamento de la Cámara de Diputados, así como la discusión y aprobación del dictamen.

Fue en ese momento que dicha jueza ordenó turnar el recurso de queja a un Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, el cual posiblemente lo desechará, debido a que se otorgó la suspensión definitiva.

Aprobadas las reformas constitucionales al Poder Judicial

Por mayoría calificada de 357 votos a favor, 130 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo particular, con cambios, el dictamen que modifica diversos artículos de la Constitución Política, relativos al Poder Judicial.

Aprobado en lo general y en lo particular, el dictamen fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

En lo particular, se aceptó la reserva de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal (PT) que modifica el artículo 40 para establecer el criterio de paridad total en los poderes públicos, federales, locales y organismos constitucionales autónomos, y en los artículos 116 y 122 instituir el lenguaje inclusivo.

También, se incluyó la reserva del diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo (PVEM), al segundo párrafo del artículo 101 para que en el caso de magistradas y magistrados de Circuito, así como juezas y jueces de Distrito, no se limite su derecho a ejercer la profesión en Derecho fuera del circuito judicial de su adscripción al momento de dejar el cargo.

Fue aceptada la reserva del diputado Francisco Arturo Federico Ávila Anaya (Morena), que modifica los artículos 109 y 110 para que las magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación que concluyan su encargo por haber declinado su candidatura o no resultar electas por la ciudadanía para un nuevo periodo, sean acreedoras al pago de un importe equivalente a tres meses de salario integrado y de veinte días de salario por cada año de servicio prestado, así como a las demás prestaciones a que tengan derecho, “mismas que serán cubiertas con los recursos federales a que se refiere el párrafo siguiente al momento de su retiro”.

Las reservas presentadas por 37 diputadas y diputados de los grupos parlamentarios de Morena, PAN, PRI y MC, así como por la diputada del PRD, Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, quedaron en términos del dictamen.

Cabe señalar que fue en sede alterna, la Cámara de Diputados aprobó en lo general, por mayoría calificada de 359 votos a favor, 135 en contra y cero abstenciones, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política, relativas al Poder Judicial.

El diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (Morena), en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó a la Asamblea que para la discusión en lo particular se han presentado propuestas de modificación a la totalidad de los artículos del proyecto de decreto y a todos los artículos transitorios.

Previamente, al dar lectura a la sinopsis del dictamen, destacó que se establece un proceso de elección por voto popular para magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito, así como ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en un proceso que se llevará a cabo con la actuación del Instituto Nacional Electoral.

Además, reduce la integración a nueve ministras y ministros de la SCJN, con una duración en su encargo de 12 años.

Dijo que se señala un plazo máximo de seis meses para que las autoridades competentes dicten sentencias. En caso de no cumplir con ese plazo, debe dar aviso al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones cuando no se dicte sentencia en los plazos establecidos o, en su caso, dar vista al Órgano Interno de Control tratándose de tribunales administrativos.

Fija el procedimiento para la elección de las ministras y ministros de la SCJN, de las magistradas y los magistrados de Circuito, de las juezas y los jueces de Distrito, las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y de las personas magistradas electorales que integren la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Determina los requisitos para ser electo magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito y magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y los mecanismos para la designación en caso de defunción, renuncia o ausencia definitiva de alguno de sus integrantes.

Señala que la administración y control interno en el Tribunal Electoral corresponderá al Órgano de Administración Judicial y los temas relativos a la disciplina de su personal al Tribunal de Disciplina Judicial, al cual también le compete conocer de los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores y los que se susciten entre la SCJN y sus empleados.

Faculta al Tribunal de Disciplina Judicial para conocer, investigar, substanciar y, en su caso, sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.

Da cuenta de las facultades del Órgano de Administración Judicial, que contará con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración, carrera judicial y control interno del Poder Judicial, además de determinar el número, división en circuitos, competencia y materias de los Tribunales Colegiados de Circuito, de Apelación y Juzgados de Distrito.

Desechan mociones suspensivas

En votación económica, el Pleno desechó, por separado, dos mociones suspensivas presentadas por los diputados Germán Martínez Cázares (PAN) y Tecutli José Guadalupe Gómez Villalobos (MC) para detener el procedimiento y ampliar el diálogo.