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Se debe informar sobre fideicomiso para saneamiento en el Valle de México

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a entregar el contrato del Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago número 1928 para apoyar el Proyecto de Saneamiento del Valle de México, así como que localice tres convenios modificatorios de dicho contrato y su manual de operación.

“Ante la crisis hídrica por la que atraviesa el país y, en lo particular el Valle de México, es imprescindible contar con información que dé cuenta de las acciones para mitigar esta problemática. En ese marco, el derecho de acceso a la información se convierte en una herramienta clave para que la ciudadanía se involucre en los asuntos públicos, sobre todo en aquellos que demandan una intervención urgente”, expresó la Comisionada del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, al exponer el caso ante el Pleno.

Explicó que el Fideicomiso 1928 fue creado para materializar las obras de rehabilitación del sistema de drenaje de la zona metropolitana de la Ciudad de México y la construcción de plantas de tratamiento, contempladas en el Proyecto de Saneamiento del Valle de México, a fin de reducir los niveles de patógenos y contaminantes, mejorar la capacidad de desalojo de aguas negras, evitar el riesgo de inundaciones y proteger la salud de la población.

Además, recordó que la Organización de las Naciones Unidas ha reconocido que la escasez del agua es uno de los retos más apremiantes para el desarrollo, ya que, actualmente, dos mil 400 millones de personas viven en países afectados por el estrés hídrico, entre los que figura México, donde los recursos de agua dulce por persona se han reducido un 20 por ciento en los últimos 20 años, debido a la falta de gestiones públicas coordinadas, la contaminación y el cambio climático.

Al respecto, un particular solicitó las reglas de operación del Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago número 1928, para apoyar el Proyecto de Saneamiento del Valle de México.

En respuesta, el sujeto obligado entregó un oficio con cierta nomenclatura; no obstante, la persona solicitante interpuso recurso de revisión porque no se anexó documento alguno, es decir, se entregó la información incompleta.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena, se determinó que, si bien posteriormente la Conagua envió a la persona solicitante por la vía electrónica un contrato del Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago, así como su anexo, se constató que el archivo no podía verse ni descargarse, por lo que no quedó satisfecha la demanda de información.

Aunado a lo anterior, se advirtió la existencia se tres convenios modificatorios a dicho contrato y se localizó un informe individual del resultado de la fiscalización superior de la Cuenta Pública, en donde se alude a la existencia de un Manual de Operación del Fideicomiso 1928 para Apoyar el Proyecto de Saneamiento del Valle de México, documento que no fue entregado.

Por unanimidad, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta e instruyó entregar el contrato del Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago, así como su anexo; y que se busquen y se proporcionen los tres convenios modificatorios y el Manual de Operación.