Critica la ONU impunidad casi absoluta en México
Mediante un informe, el comité de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) criticó la manera inadecuada en la que México maneja sus investigaciones por desaparición forzada, pues provoca una impunidad casi absoluta, por lo que pidió a las autoridades no resistirse a compartir información con el registro nacional.
Tras la reunión que sostuvo el comité de la ONU con representantes del gobierno mexicano, el comité contra la Desaparición Forzada lamentó la persistencia de una situación generalizada de desapariciones en el país, y los limitados avances en la persecución penal de éstas.
El Comité alertó que se registró un importante incremento en la desaparición de niñas, adolescentes y mujeres, principalmente en el Estados de México, Tamaulipas, Jalisco y Guerrero.
El comité pidió a las autoridades de nuestro país que garanticen la transparencia de la metodología usada y garanticen la fiabilidad de los datos recolectados, coordinando de forma independiente e imparcial el proceso con la Comisión Nacional de Búsqueda.
También señaló a la resistencia de algunas autoridades a la hora de compartir información con ese registro nacional, o la poca claridad sobre la proporción de los casos registrados que podrían corresponder a desapariciones forzadas.
«Se han denunciado casos de revictimización, incluyendo señalamientos contra familiares» acusados de «ocultar el paradero de sus seres queridos», agregó el informe.
Los expertos del comité recibieron denuncias de amenazas, vigilancia, represalias, desapariciones y asesinatos sufridos por familiares de personas en paradero desconocido, sus acompañantes, defensores de los derechos humanos y periodistas que cubrían esos casos.
Los integrantes del comité lamentaron que en la mayoría de los casos son los familiares y allegados los encargados de la búsqueda e investigación y no las autoridades mexicanas.
Criticaron también, que algunas autoridades mantengan la práctica de no registrar una denuncia de desaparición hasta pasadas 72 horas, lo que según el comité impide la búsqueda inmediata de muchas víctimas.
- El Comité reitera sus recomendaciones anteriores y alienta al Estado parte a:a) Adoptar e implementar urgentemente una política nacional e integral de prevención y erradicación de las desapariciones que incluya al menos las cuatro condiciones mínimas y las diez medidas prioritariasidentificadas en el informe del Comité sobre su visita al Estado parte, y que cuente con un sistema de monitoreo transparente con indicadores mensurables que permitan evaluar su cumplimiento y resultados.
- b) Asegurar que al diseñar e implementar la política nacional de prevención y erradicación de desapariciones forzadas, las autoridades del Estado parte reconozcan y tomen en cuenta las distintas formas de responsabilidad de los agentes estatales frente a las desapariciones, al tiempo de erradicar todas las causas estructurales de impunidad.
- c) Promover la activa participación y colaboración de la Fiscalía General de la República, la conferencia Nacional de Procuración de Justicia, la Secretaría de Marina y la Secretaría de la Defensa Nacional en el Mecanismo nacional de seguimiento de las recomendaciones del Comité, y garantizar la participación efectiva de las víctimas y colectivos de víctimas, organizaciones de la sociedad civil, y otros actores interesados en el diseño e implementación de una política nacional de prevención y erradicación de las desapariciones.
Implementar un programa de formación integral y continuo sobre las desapariciones para los equipos a cargo de la búsqueda, investigación, judicialización, reparación y prevención, asegurando la implementación del marco normativo, institucional y jurisprudencial en la materia, así como la fijación de metas e indicadores para medir su impacto.
- e) Diseñar e implementar una campaña nacional de concientización y sensibilización sobre las desapariciones dirigida a toda la población, incluso en las escuelas y medios de comunicación, con el fin de, entre otros objetivos, informar sobre los mecanismos de denuncia, y combatir la estigmatización a la que se enfrentan las víctimas.
Investigación y justicia
- El Comité acoge con satisfacción el Protocolo Homologado de Investigación para los Delitos de Desaparición Forzada, y la existencia de fiscalías especializadas o unidades de investigación en desaparición forzada en todas las entidades federativas del Estado parte.
Además, toma nota de que, según la información proporcionada por el Estado parte durante el diálogo, la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada atiende a un promedio de 400 personas mensualmente. No obstante, observa con preocupación:
- a) Que la investigación y persecución penal de la desaparición forzada y desaparición cometida por particulares continúan sin ser priorizadas;b) El alarmante número de desapariciones registradas en el Estado parte y la deficiente investigación de tales hechos que tiene como consecuencia un número escaso desentencias y con ello la continuidad de una impunidad casi absoluta;c) La fragmentación de las investigaciones y consecuente tipificación fragmentada de los hechos, así como el limitado uso de investigaciones de campo y de los medios de prueba de base científica; d) Las deficiencias en la persecución del delito de desaparición forzada, pese a contar con elementos probatorios contundentes del involucramiento de autoridades, así como el descarte automático de casos de desaparición forzada en los casos en que aparece la persona desaparecida;e) El limitado avance en la investigación y persecución penal de desapariciones cometidas por personas o grupos de personas, como las organizaciones delictivas, que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, así como por desaparicionesperpetradas sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado;f) La limitada capacidad de investigación; el seguimiento de hipótesisde investigación basadas en prejuicios y estereotipos sobre las personas desaparecidas; y el insuficiente presupuesto asignado a las fiscalías en el ámbito federal como estatal (arts. 2, 3, 4, 12 y 14).
- El Comité llama a la atención del Estado parte sus recomendaciones previas, así como la Declaración sobre los agentes no estatales en el contexto de la Convención, y urge al Estado parte:
- a) Priorizar y garantizar la investigación y la persecución penal de los actos definidos en los artículos 2 y 3 de la Convención, tanto en el ámbito federal como estatal;b) Asegurar la investigación inmediata, imparcial y exhaustiva de las alegaciones de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, cumpliendo con la debida diligencia en todas las etapas del proceso.
13 Garantizar que los presuntos autores sean enjuiciados y, de ser declarados responsables, sean sancionados con penas apropiadas; c) Asegurar estrategias de investigación integral y que las fiscalías eviten la fragmentación de los casos, tomando en cuenta todas las hipótesis relevantes, incluyendo el posible involucramiento de actores estatales por acción, autorización, apoyo oaquiescencia, así como que las fiscalías prioricen las investigaciones de campo, aseguren la recolección pronta y proactiva de pruebas e indicios, incluso aquellas que han sido proveídas por familiares de las víctimas, y promuevan el uso de las pruebas de base científica.
14 Incrementar las capacidades de las fiscalías en términos de investigación y persecución penal, garantizando que cuando haya motivos razonables para creer que una persona desapareció en relación con la comisión de un delito, no se descarte la hipótesis de desaparición forzada o de desaparición cometida por particulares, sin perjuicio de que se investiguen otros delitos conexos, cualquiera que haya sido la duración de la desaparición.
15e) Fortalecer a la Fiscalía General de la República y a las fiscalías estatales,particularmente a sus fiscalías especializadas en materia de desaparición, asegurando que cuenten con la asignación, continuidad en el tiempo e incremento gradual de los recursos financieros y materiales necesarios, así como con personal capacitado que aplique el enfoque diferencial y trabaje de manera coordinada con otras institucionesrelevantes, en particular con la Comisión Nacional de Búsqueda y las comisiones locales de búsqueda.