En riesgo la competitividad, por el alza del arancel al maíz blanco
Hugo Martínez Zapata
La imposición del 50% de arancel a las exportaciones de maíz blanco traerá más problemas a México con sus socios comerciales en el marco del T-MEC, incertidumbre en inversiones y menor competitividad, sostuvo el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).
A detalle, el decreto impone un arancel a la exportación de 50% ad valorem, una medida efectiva inmediatamente y hasta el 30 de junio de 2023. Previo a la implementación de esta medida, el producto estaba exento de aranceles.
Dentro de las consideraciones, el decreto señala que el maíz blanco es un producto básico en la alimentación de México, por lo que es necesario garantizar un abasto suficiente, mantener la producción nacional en el país y asegurar condiciones que estabilicen su precio.
«Si bien el abasto y la disponibilidad son fundamentales para la estabilización de los precios, la aplicación de un arancel a la exportación en el caso del maíz blanco es una medida ineficaz, ya que su producción nacional ya es suficiente para satisfacer y superar la demanda doméstica -es el principal grano producido en el país-. Durante la última década, la suma de los inventarios y la producción nacional de maíz blanco ha superado la demanda total, misma que incluye el consumo humano, el pecuario, el autoconsumo, la semilla para siembra y las exportaciones», advirtió.
Entre las consideraciones del IMCO para calificar esta acción como negativa, se encuentran:
-La medida es incompatible con las obligaciones que México tiene con sus socios comerciales en materia de prohibiciones y restricciones a la exportación, y genera una percepción de falta de compromiso con las obligaciones en sus 14 Tratados de Libre Comercio y con la Organización Mundial del Comercio. Esto envía una señal contraria sobre las posibilidades de México para profundizar sus lazos con otros países e integrarse a un mayor número de cadenas productivas globales, además de que afecta su capacidad para trabajar con sus socios de América del Norte y construir una región más competitiva
-La señal enviada al mercado por la implementación de una medida que restringe la exportación de un producto agrícola genera preocupaciones sobre la posibilidad de restricciones adicionales en otros productos de exportación, y crea incertidumbre sobre las reglas del juego en el sector agrícola. Esa incertidumbre reduce la competitividad del sector, al volverlo menos atractivo para inversiones potenciales
Añadió que la implementación arbitraria de un arancel a la exportación de un producto entra además en conflicto con los compromisos multilaterales de México con sus socios comerciales.
El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés), del cual México es firmante desde 1986, señala que ningún país podrá imponer restricciones a la exportación de un producto aparte de derechos de aduana, impuestos u otras cargas, independientemente de la manera en que se apliquen. Así, los miembros de la OMC (incluido México) están obligados a no establecer restricciones a la comercialización de algún producto.
Las disposiciones del GATT únicamente permiten establecer una prohibición o restricción a la exportación – distinta a un arancel, impuesto u otro cargo, y con un aviso de 30 días previos – cuando tenga como motivo prevenir o remediar una escasez de productos alimenticios o esenciales; en tal caso, se advierte que la medida debe estar justificada y ser de carácter temporal.