Exhortan a SHCP devolver millonaria suma de dinero cobrada indebidamente
El equipo legal de la empresa “Operadora de Estaciones de Servicio S.A. C.V.”, busca un acercamiento con el gobierno de Andrés Manuel López Obrador a fin de llegar a un acuerdo, y se subsanen las irregularidades cometidas por gobiernos anteriores a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SH y CP), con el cobro indebido de más de 700 millones de pesos, y que dicha cantidad les sea devuelta tras 25 años de lucha.
Mencionó, de acuerdo a una resolución del 17 de febrero de 1997 la SH y CP, hizo cobros sin bases legales por concepto de impuestos, siendo inicialmente un adeudo de 406 millones 759 mil 455.28 pesos, por lo que desde ese año a la fecha se ha registrado un recargo de intereses de un 86.09%, es decir, 349 millones 748 mil 763.05 pesos, y hasta el pasado 12 de enero del presente año se acumuló una deuda por 756 millones 8 mil 220.33 pesos.
Dijo contar con la documentación necesaria que avala el pago realizado en su momento, que tienen la indicación de los contribuyentes afectados, “el objetivo es llegar a un buen acuerdo con las autoridades hacendarias, para de este modo ni no se recuperar todo el dinero, contar con una buena parte del cobro por impuestos”.
Recordó que “aún no ha sido cumplimentada la resolución emitida por la Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dentro del expediente 16681/94, mediante la cual se le ordenó a la SH y CP devolver las cantidades solicitadas por concepto de pago indebido realizado años atrás de 1997”.
Refirió, el adeudo de Hacienda a la empresa es por concepto de Impuestos Especiales sobre Producción y Servicios correspondientes a diversos pagos realizados en los periodos de enero de 1985 a agosto de 1993, sin embargo, la autoridad demandada promovió varios recursos de apelación, mismos que fueron turnados a la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, designándole el número 100(A)-1-1397/96/16681/94.
Añadió, “pese a esto la Primera Sección del Tribunal federal resolvió con fecha 4 de febrero de 1998 revocar la sentencia recurrida, y reconoció la validez de la resolución negativa ficta recaída a la solicitud de devolución del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios del 29 de julio de 1996, en la que quedó asentado con antelación la nulidad de la resolución para efectos de que la demanda ordenara la devolución de los impuestos pagados indebidamente”.